El permiso de conducción de la clase B autoriza a conducir los siguientes vehículos:  automóviles y sus remolques, vehículos de dos y tres ruedas, así como vehículos especiales, siempre que cumplan las siguientes condiciones.

El permiso de conducción de la clase B autoriza a conducir los siguientes vehículos:  automóviles y sus remolques, vehículos de dos y tres ruedas, así como vehículos especiales, siempre que cumplan las siguientes condiciones.

Autoriza a la conducción de automóviles cuya masa máxima autorizada MMA. no exceda de 3.500 Kg. Que estén diseñados y construidos para el transporte de no màs de 8 pasajeros, además del conductor (nueve personas en total, como máximo). Esto incluye turismos, furgones y camiones, dentro de los parámetros establecidos. Además, está previsto que se modifique la ley para que el mismo permiso autorize  la conducción de vehículos ecológicos  de hasta 4250Kg de MMA, siempre que el conductor tenga una antigüedad mínima de dos años con el permiso B.

Estos automóviles  podrán llevar enganchados un remolque cuya MMA no exceda de 750Kg, conocidos como remolques ligeros, sin que sea necesario ningún otro permiso de conducir.

Podrás llevar ciclomotores de dos y tres ruedas , y también cuadriciclos ligeros, así como vehículos para personas de movilidad reducida.

Motocicletas de 125c.c.-  Aunque el permiso B no supone la concesión del permiso A1, si autoriza para lo conducción de las motos del permisoA1, que desarrollen una potencia máxima de 11KW (15 CV aproximadamente). Esta concesión es vàlida solo cuando el conductor tiene una antigüedad del permiso B de más de tres años, y únicamente en territorio español.

Podrás llevar ciclomotores de dos y tres ruedas , y también cuadriciclos ligeros, así como vehículos para personas de movilidad reducida.

Motocicletas de 125c.c.-  Aunque el permiso B no supone la concesión del permiso A1, si autoriza para lo conducción de las motos del permisoA1, que desarrollen una potencia máxima de 11KW (15 CV aproximadamente). Esta concesión es vàlida solo cuando el conductor tiene una antigüedad del permiso B de más de tres años, y únicamente en territorio español.

Triciclos y cuadriciclos de motor.- La edad mínima para obtenerlo es de 18 años. No obstante, hasta los 21 años no se permite conducir triciclos de motor  cuya potencia máxima exceda de 15KW.

Vehículos especiales no agrícolas.-  Vehículos cuya velocidad no exceda de 40 KM/h, y cuya MMA no exceda de 3.500Kg.

Vehículos especiales agrícolas.- Vehículos especiales agrícolas autopropulsados, así como conjunto de vehículos especiales agrícolas.

Requisitos para obtener el permiso B

  • Presentación de documentos,  impresos y tasas
  • Informe de aptitud psicotécnica para conductores
  • 4 fotografias tamaño carnet
  • Edad mínima; 18 años
  • Examen teórico común
  • Examen práctico en circuito abierto

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