NUEVA LEY DE TRÁFICO: LAS NORMAS Y MULTAS QUE ENTRARÁN EN VIGOR EL 21 DE MARZO DE 2022.
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La nueva ley de tráfico entra en vigor el 21 de marzo de 2022. A partir de esta fecha, los conductores se exponen a nuevas normas que deben conocer para no ser sancionados.
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Usar el móvil al volante, no colocar correctamente el cinturón de seguridad o llevar un localizador de radares se multará de forma más dura.
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La nueva ley de tráfico de la DGT va a entrar en vigor el próximo 21 de marzo, y es necesario conocer todas las normas para no caer en infracciones que se traducen en multas.
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NOVEDADES EN LA NUEVA LEY DE TRÁFICO 2022:
1 SUJETAR EL TELÉFONO MÓVIL
Aumenta de 3 a 6 los puntos la sanción por conducir sujetando el móvil con la mano. Tráfico incluye un matiz en el texto de la nueva Ley que cambia el concepto de los conductores por completo: sustituye la palabra «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil». Desde este año se esté usando o no, ya supondrá una infracción cuya multa ascenderá a 500 euros y conllevará la retrirada de 6 puntos del carnet.
2 MAYOR CASTIGO SI NO SE USA EL CINTURÓN
No utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección supondrá una sanción de cuatro puntos, en vez de los tres actuales. Además, se multará el mal uso de estos elementos.
3 DETECCIÒN E INHIBICIÓN DE RADARES
Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, aunque se desactiven, será una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de tres puntos. Interferir en el radar, 6 puntos.
4 REGLAMENTACIÓN PARA PATINETES ELÉCTRICOS
La norma establece que los conductores de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, estarán obligados a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determinen.
Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no se podrán usar auriculares.
8 REBASAR EL LÍMITE DE VELOCIDAD PARA ADELANTAR, PROHIBIDO
La medida estrella de la DGT sale adelante. A partir del 21 de marzo de 2022, los conductores no podrán rebasar la velocidad en 20km/h para adelantar en vías convencionales. Es una norma que ya se aplicaba en el resto de Europa y que Pere Navarro quería implementar en España para reducir el número de accidentes y fallecidos en carreteras secundarias.
9 COMPROMISO CON LOS CICLISTAS
Adelantar de forma peligrosa a un ciclista conllevará seis puntos de sanción. El vehículo debe guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros en todo momento y tendrá de forma excepcional permiso para invadir el carril contrario si es necesario para efectuar con seguridad el adelantamiento.
¿¿QUE QUIERE DECIR LA NUEVA SEÑAL DE LA DGT QUE COMENZARÁ A VERSE EN LAS CALLES ÉSTE 2022??
La nueva señal de la DGT para 2022
La señal, que tiene forma redonda y en la que puede verse a un vehículo expulsando humo por el tubo de escape, informa, concretamente, “de la entrada prohibida a vehículo de motor, excepto aquellos vehículos que dispongan del distintivo ambiental indicado por la entidad local en la parte inferior de la señal”, según recoge Tráfico.
Junto a la señal, más abajo, se incluye un recuadro que especifica las tres excepciones que permite la norma. Son aquellos vehículos que presenten la etiqueta 0 emisiones, así como aquellos que tengan la 'etiqueta eco', así como los que presenten la pegatina con el distintivo "C".
Las cuatro etiquetas de la DGT
La primera de estas etiquetas es la Cero. Estas corresponden a los vehículos eléctricos de batería (BEV), así como los eléctricos de autonomía extendida (REEV) y los híbridos enchufables (PHEV), eso sí, que tengan una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
Mientras, la etiqueta ECO corresponde a los eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 kilómetros y los híbridos no enchufables (HEV). También tienen derecho a solicitar este distintivo aquellos vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL), así como los alimentados por gas licuado del petróleo (GLP).
Por último, los distintivo C en los vehículos están reservados para aquellos de combustión interna, esto es, turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015.